Hace unos días os anunciábamos que los autónomos que habían combinado su actividad con un trabajo por cuenta ajena en 2008 podían solicitar el 50% del exceso de sus cotizaciones durante todo este primer trimestre de 2009.
Varias dudas pueden sugirnos cuando nos planteamos la posibilidad de demandar estas devoluciones. ¿Estoy en condiciones de solicitarlas? ¿Cuáles son los trámites a seguir? Os recomendamos este excelente artículo en el blog “Pymes y Autónomos” que nos explica de manera sencilla cómo hacerlo y qué documentación aportar.
Tan sólo recordaros que el plazo para pedir la devolución es hasta el 31 de marzo.