Las trabajadoras autónomas podrán disfrutar de la baja por maternidad a tiempo parcial

 

Con motivo de la celebración ayer del día de la mujer, el pasado día 6 se aprobó el Real Decreto por el cual se extiende la baja de maternidad a las trabajadoras autónomas, derecho que ya disfrutaban las personas que trabajan por cuenta ajena.

 

Las mujeres autónomas no se verán nunca más obligadas a cesar su actividad o cerrar su negocio al tener un hijo, ya que podrán compatibilizar la baja por maternidad con su actividad profesional a tiempo parcial. Este derecho se extiende también a los trabajadores autónomos.

 

Además, este Real Decreto recoge bases para hacer efectivos los derechos que entraron en vigor con la Ley de Igualdad.

Uno de estos derechos es la prioridad que las empresas estarán obligadas a dar cuando una mujer embarazada pueda cambiar de puesto de trabajo si su actividad supone un riesgo para el embarazo o la lactancia.

Así mismo, el Decreto también regula jurídicamente la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, eliminando el requisito de cotización previa e incrementando su cuantía al 100% de la base reguladora. También se amplía con las mismas condiciones la protección de las trabajadoras respecto a su puesto de trabajo más allá de parto.

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