Reducción de cuotas para autónomos con bajos ingresos: ¿una propuesta viable?

7 noviembre 2011

Algunos blogs y redes sociales proponen reducir las cuotas de los autónomos con bajos ingresos para promover su actividad y evitar la economía sumergida.

Una de las obligaciones fiscales de los trabajadores autónomos es el pago mensual de la contribución que hacen en base a su cotización. En general, se abonan cantidades que pueden oscilar entre los 170 o los 260 euros, aunque esto depende de muchos factores relacionados con la actividad profesional o incluso con el derecho a percibir bonificaciones.

Más allá de esta segunda realidad (que suele ser temporal) el autónomo debe hacer frente a otras responsabilidades, como por ejemplo adelantar el IVA o pagar los servicios de una gestoría para que mantenga al día sus obligaciones con Hacienda. El problema viene cuando estos costes se disparan y el trabajador decide no darse de alta como autónomo, para ejercer su actividad en la sombra, sin declararlo al Estado. Y es que muchos trabajadores que podrían ser autónomos hacen trabajos por los que perciben bajas cantidades, de manera que no les sale a cuenta darse de alta en el registro.

Por este motivo, en algunos blogs y redes sociales se está difundiendo una propuesta interesante: poder ser autónomo por 50 euros. Según esta iniciativa, esta tipología de freelance podría darse de alta aunque tuviera unos ingresos muy bajos, por ejemplo, de menos de 600 euros al año. Este autónomo perdería los derechos de amortizar gastos en sus declaraciones, pero podría trabajar de manera legal, declarando sus ganancias (aunque sean mínimas) al Estado.

Lo cierto es que esta medida todavía parece un cometido utópico. En algunos países, como Reino Unido, los costes para trabajadores autónomos son mucho más económicos, lo que ofrece mejoras garantías para los ciudadanos. Sobre todo en tiempos de crisis. La medida que se propone no es definitiva, ni tan siquiera se ha dado a conocer a los organismos pertinentes, pero es un paso importante que nos permitiría sacar a relucir propuestas productivas para salir de una crisis que está ahogando a medio país. De hecho, la posibilidad de inscribirse como autónomo a un coste más bajo propiciaría la declaración de muchos trabajos que todavía se ejecutan bajo la sobra de la economía sumergida.


Los autónomos podrán cambiar 2 veces al año su cotización de la Seguridad Social

15 marzo 2011

La Tesorería de la Seguridad Social y las principales asociaciones de autónomos (ATA y UPTA) han firmado un acuerdo que permitirá a los autónomos cambiar la base de cotización en dos ocasiones durante el año. Así tendrán la posibilidad de subir o bajar la base según la evolución de su negocio.

Para informar a los autónomos de esta nueva mejora, la Tesorería General de la Seguridad Social ha presentado esta semana la campaña “Hazlo por ti”. La campaña va dirigida a los  autónomos que pagan a la Seguridad Social de acuerdo a la base de cotización mínima y pretende concienciarles para que, en la medida de lo posible, coticen según sus ingresos reales. Esto significa pagar un poco más cada mes para conseguir en el futuro jubilaciones o pagas de viudedad más elevadas.

La base de cotización  es el importe que sirve para calcular los pagos que un trabajador autónomo tiene que aportar a la Seguridad Social. El 80% de los autónomos está inscrito en la base de cotización mínima, lo cual garantiza la remuneración de las prestaciones sociales básicas en su importe mínimo. Nos referimos al pago de compensaciones en caso de accidente, enfermedades de trabajo o por cese involuntario del negocio.

Add to FacebookAdd to DiggAdd to Del.icio.usAdd to StumbleuponAdd to RedditAdd to BlinklistAdd to TwitterAdd to TechnoratiAdd to Yahoo BuzzAdd to Newsvine


“Un mensaje de esperanza y confianza para los autónomos”

18 marzo 2009

 

Más buenas noticias para los autónomos. A parte de aprobar el proyecto no de ley por el cual se planifica más flexibilidad en el pago del IVA para los autónomos y las PYMES, leemos en El Economista que el Congreso llegó ayer a un acuerdo para impulsar un “plan de rescate” para el colectivo. Parece que por fin el Gobierno y las fuerzas políticas del país hacen caso de la llamada de socorro que lleva prolongándose desde hace un año. Al fin “Un mensaje de esperanza y confianza” para los que trabajan por cuenta propia, en palabras del representante de trabajo del PSOE; Jesús Membrado.

 

El texto acordado recoge 16 puntos, de los que se pueden destacar estos:

 

Desarrollar, de una vez por todas, el “Estatuto de Trabajador Autónomo” en su totalidad

 

  • Un proyecto de ley que regule la prestación por cese de actividad de los autónomos. Por fin se podrían serios con este tema, que parece no arrancar desde los primeros anuncios presentados allá por noviembre

     

  • Aumentar el porcentaje de la capitalización de las prestaciones por desempleo del 60% al 80% para aquellos parados menores de 30 años – 35 en el caso de las mujeres – que quieran iniciar su actividad como trabajadores por cuenta propia

     

  • Estudiar la jubilación anticipada y parcial a los 60 años de los autónomos

     

  • Incluir a los autónomos en las ayudas de búsqueda de empleo puestas en marcha por el Ejecutivo desde hace un año

     

  • Mejorar las líneas del ICO: Recogiendo las quejas del presidente de ATA, Lorenzo Amor, y otras asociaciones de autónomos que han hecho hincapié en que las ayudas oficiales no estaban llegando a las empresas, la iniciativa propone que se modifique, simplifique y amplíe el acceso a estas líneas de financiación. Se ha propuesto que se incremente el aval público de las mismas del 50% al 60% y facilitar los aplazamientos del pago de impuestos y cotizaciones sociales.

     

  • La creación de una bonificación del 50% durante dos años para aquellos autónomos cuyo negocio crezca y contraten a alguien por tiempo indefinido.

     

  • Estudiar asimismo incentivos para que los autónomos que se encuentren en situación de incapacidad temporal contraten a un profesional que les sustituya.

     

  • Impulsar el acceso a los recursos para la formación continua de los trabajadores autónomos en los términos que se pacten con las asociaciones que representan al sector.

  • También se recoge una de las últimas reclamaciones del colectivo: Que el Ejecutivo tome medidas para reducir urgentemente la morosidad de las Administraciones Públicas y organismos oficiales.

     

    Un mensaje de esperanza y confianza, sí, teniendo en cuenta que hoy mismo, desde las cinco de la tarde el Presidente del Gobierno, Zapatero por fin recibe en la Moncloa a las asociaciones de autónomos para escuchar sus reclamaciones. Pero tal y como el mismo Jesús Membrado también ha puntualizado “ Queda mucho por hacer”

     


Las trabajadoras autónomas podrán disfrutar de la baja por maternidad a tiempo parcial

9 marzo 2009

 

Con motivo de la celebración ayer del día de la mujer, el pasado día 6 se aprobó el Real Decreto por el cual se extiende la baja de maternidad a las trabajadoras autónomas, derecho que ya disfrutaban las personas que trabajan por cuenta ajena.

 

Las mujeres autónomas no se verán nunca más obligadas a cesar su actividad o cerrar su negocio al tener un hijo, ya que podrán compatibilizar la baja por maternidad con su actividad profesional a tiempo parcial. Este derecho se extiende también a los trabajadores autónomos.

 

Además, este Real Decreto recoge bases para hacer efectivos los derechos que entraron en vigor con la Ley de Igualdad.

Uno de estos derechos es la prioridad que las empresas estarán obligadas a dar cuando una mujer embarazada pueda cambiar de puesto de trabajo si su actividad supone un riesgo para el embarazo o la lactancia.

Así mismo, el Decreto también regula jurídicamente la prestación de riesgo durante el embarazo como contingencia profesional, eliminando el requisito de cotización previa e incrementando su cuantía al 100% de la base reguladora. También se amplía con las mismas condiciones la protección de las trabajadoras respecto a su puesto de trabajo más allá de parto.


Los autónomos cobrarán la prestación por desempleo en 2011

16 febrero 2009

El pasado sábado día 14 el director general de Economía Social, Trabajo Autónomo y Responsabilidad Social de las Empresas e Inmigración, Juan José Barreda, anunció que los profesionales autónomos comenzarán a recibir la prestación por desempleo en 2011.

 

Esta es la fecha inicial que se ha marcado el Gobierno en el calendario de plazos definitivo, que ha sido elaborado en colaboración con las asociaciones de autónomos y los sindicatos, de quienes ha recibido una propuesta encargada a un comité de expertos.

 

En la actualidad los autónomos sólo cotizan para tener derecho a la jubilación y a la incapacidad, por lo que Barreda recordó que durante 2010 los autónomos deberán contribuir a la Seguridad Social para que doce meses después comience a hacerse efectivo el pago por desempleo. Barreda también puntualizó que la medida debe ser “económicamente sostenible” por lo que los trámites “no se han podido agilizar”, y es posible que para que la medida se aplique en 2011 se eleven las tasas impositivas de algunos módulos durante 2010.

 

Barreda comunicó también que el Consejo de Ministros aprobará este viernes el decreto para la entrada en vigor del régimen del Trabajador Autónomo Económicamente Dependiente (TRADE). Este régimen obligará a las empresas a aportar al menos un 75 % de los ingresos de un autónomo a la firma de un contrato que ofrece “seguridad jurídica”. Será obligatorio, de esta forma, ofrecer un mínimo de 18 días de vacaciones, y podrá solicitarse una indemnización por cese de actividad. Por otra parte, los conflictos laborales de estos trabajadores se tramitarán por los juzgados de lo social, más rápidos que los mercantiles.

 

Por otro lado, Barreda expresó apoyo del Gobierno al trabajo autónomo explicando que se ha puesto en marcha una iniciativa por la cual los empleados que pierdan su trabajo puedan invertir el sesenta por ciento de su prestación a la puesta en marcha de un negocio en régimen de autónomos y el cuarenta por ciento restante en el pago de prestaciones a la Seguridad Social.

 

Estas medidas demuestran que el Gobierno está tomando en cuenta el trabajo autónomo, algo muy necesario en un contexto de mala coyuntura económica en la que se sabe que los más afectados por desempleo han sido los trabajadores autónomos. Sin embargo, aún es pronto para saber si esta medida se revela como tardía y cómo afectará la subida de cotización a los profesionales más sufridos de la población activa.


Los autónomos que comercialicen sus productos por Internet podrán reducir su base de cotización

11 febrero 2009

Los autónomos que comercialicen productos a domicilio están de enhorabuena: La nueva ley de presupuestos del Estado 2009 contempla interesantes reducciones en las bases de cotización a la Seguridad Social.

 

Si la base mínima de cotización actual a la Seguridad Social es de 833, 40 euros mensuales, en estos casos pasaría a ser de unos 714 euros Esto supone que dedicándose al menos 3 días a la semana a esta actividad en jornadas de menos de 8 horas, se cotizaría por una base de 458, 40 euros al mes.

 

Para acogerse a esta base reducida, habrá que cotizar obligatoriamente por la tarifa de accidentes, que en este tipo de actividades supone un 1, 70% sobre la base.

 

Esta disminución en la base de cotización permitirá que las cantidades que se ingresan en la Seguridad Social se reduzcan aproximadamente un 50%: De unos 266 euros en concepto de seguridad social del autónomo se pasará a 144 euros mensuales.

 

Dentro de esta categoría de actividades acogidas a este nuevo régimen de cotización se incluye la venta de productos por Internet y páginas web. Por lo que, como bien nos apuntan en el blog Pymes y Autónomos, ya no hay excusa para aprovechar las oportunidades que nos ofrece la “red de redes” para dar salida a nuestros productos o a dedicarse a llevar una tienda virtual.

 

Esta nueva ley se une a las medidas que se están tomando desde el Gobierno para reconocer y apoyar las actividades profesionales ajenas al Régimen de Cotización General, que generan buena parte del empleo real en España. En esta nueva medida están también incluidos la venta al por menor en mercadillos y en máquinas expendedoras.


Cómo solicitar el 50% de exceso en las cotizaciones de autónomos

10 febrero 2009

Hace unos días os anunciábamos que los autónomos que habían combinado su actividad con un trabajo por cuenta ajena en 2008 podían solicitar el 50% del exceso de sus cotizaciones durante todo este primer trimestre de 2009.

Varias dudas pueden sugirnos cuando nos planteamos la posibilidad de demandar estas devoluciones. ¿Estoy en condiciones de solicitarlas? ¿Cuáles son los trámites a seguir? Os recomendamos este excelente artículo en el blog “Pymes y Autónomos” que nos explica de manera sencilla cómo hacerlo y qué documentación aportar.

Tan sólo recordaros que el plazo para pedir la devolución es hasta el 31 de marzo.


Los autónomos que también coticen por cuenta ajena podrán solicitar el exceso de sus cotizaciones de 2008

26 enero 2009

El Ministerio de Trabajo y de Inmigración ha anunciado hoy una nueva medida que concierne a los trabajadores autónomos. Aquellos trabajadores freelance que en 2008 hayan simultaneado su actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena, y por lo tanto, hayan cotizado por contingencias comunes en el Régimen General y el Especial de Trabajadores Autónomos (Reta) por una cantidad igual o superior a 10. 440 €, podrán solicitar una devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones, siempre que sean superiores a esta cantidad.

 

Esta devolución tendrá el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Reta por el concepto de cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria. Los interesados en recibir la devolución deberán solicitarla durante el primer trimestre de este año. 

 

Esta medida está recogida en la Orden para la Cotización a la Seguridad Social para 2009, que fue aprobada el pasado día 24. La Orden también recoge los topes máximos y mínimos y los tipos de cotización correspondientes a los distintos Regímenes del Sistema. Respecto al Reta, que afecta a los trabajadores autónomos, la base de cotización mínima queda establecida en 833, 40 €/ mes y la máxima en 3.166, 20 mensuales.

 

El tipo de cotización por contingencias comunes para los trabajadores por cuenta propia se ha fijado en un 29, 80 %. El tipo se reduce hasta un 26, 50% cuando el trabajador no tenga la cobertura por incapacidad temporal.

 

Toda medida aprobada por el Ministerio de Trabajo para favorecer a los trabajadores autónomos es bienvenida, más cuando en este mismo día en que se ha presentado la devolución, la UPTA, (Unión de Profesionales y Trabajadores autónomos) ha remarcado que las pensiones medias de los trabajadores autónomos son un 41% más bajas que la de los trabajadores por cuenta ajena. Según la UPTA, mientras las pensiones de los trabajadores acogidos al Régimen General se sitúan en una media de 892 €, las pensiones del Reta se limitan a 523, 72 €. Esta cifra está aún muy por debajo de la media del sistema de los diferentes regímenes, que se estima en 747 €.

 

Mientras, el proceso de negociación sobre la prestación para el desempleo para autónomos sigue en marcha. El pasado día 21, El Ministerio de Trabajo presentó a la anteriormente mencionada UPTA y a ATA (Federación de Nacional de Trabajadores Autónomos) el Informe realizado por un Comité de Expertos. En la presentación el Ministro acordó con las asociaciones remitir el informe a la mesa de diálogo social, a la Comisión Delegada para Asuntos Económicos y a los grupos parlamentarios, el próximo mes de febrero. Hasta entonces, las asociaciones del colectivo pueden presentar sus ideas y sugerencias, aunque por el momento, las organizaciones se declaran satisfechas con el contenido general del documento y ante todo piden que los autónomos no se creen falsas expectativas.


Seguir

Get every new post delivered to your Inbox.

Únete a otros 34 seguidores